lunes, 6 de enero de 2014

IPC y Mercado Hipotecario diciembre 2013.

Datos intereses de este último mes de diciembre de 2013:
- IPC general interanual de noviembre 2012 a noviembre 2013 ........................  - 0,2%
- Índice rubrica Vivienda de alquiler de noviembre 2012 a noviembre 2013....... - 0,5%
 Por otra parte:
 EURIBOR Diciembre 2013............................... 0,506
 El tipo medio de préstamo hipotecarios de más de 3 años concedido por los bancos.......... 3,393
El tipo medio de préstamo hipotecarios de 3 a 5 años concedido por los bancos.................. 3,040
 Los mejores tipos de referencias para préstamos hipotecarios en este mes de diciembre son para Banco Popular y Activo Bank.

jueves, 2 de enero de 2014

Salario Mínimo interprofesional 2014. Fijado en 645,30 €

El salario mínimo en 2014 para cualesquiera actividad en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,51 euros/día o 645,30 euros/mes,  y en el cómputo anual en ningún caso inferior a 9.034,20 euros/año.

Salario Mínimo Interprofesional de 2014 es de 645,30 euros.

La cuantía fijada para el 2014 es la misma que la fijada para el 2013, es decir se congela, y se ha tenido en cuenta, según el Gobierno, el difícil contexto económico actual que tiene como objetivo prioritario la recuperación económica y creación de empleo. La evolución del salario mínimo fijado ha sido siempre de incrementarlo anualmente para equipararlo en relación con el resto de países de la Unión Europea ya que nuestro país es de los más bajos.

Por último comunicar que el Salario Mínimo Interprofesional fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo y con la tendencia de reducción de costes laborales por parte de las empresas, el gobierno difícilmente podrá realizar una subida del mismo. 

lunes, 30 de diciembre de 2013

Aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias en Hacienda. Interés para el 2014 del 5%.


Cada vez más los contribuyentes acuden a aplazar las deudas tributarias ante la falta de dinero siendo una buena alternativa para evitar recargos con Hacienda (del 20% al 35%). El único inconveniente es que hay que pagar intereses y la ventaja es que ganamos tiempo para hacer frente a las deudas. 

En principio todos los impuestos son aplazables a excepción a los pagos de retenciones de trabajadores y el pago de las retenciones de los arrendamientos.

Todos los impuestos son aplazables menos los de retenciones

Hasta hace muy poco se podían aplazar las retenciones de los trabajadores pero desde este mes de diciembre el gobierno a dirigido una instrucción a sus funcionarios de recaudación de Hacienda (instrucción 6/2013) para que no se aplacen. Ésto perjudica a los empresarios lógicamente.

¿Quien puede solicitar el aplazamiento? Cualquier autónomo o empresa 

¿Cuando? Dentro del periodo voluntario antes de que finalice la presentación o pago del impuesto. Si no lo pagas y la deuda entra en apremio con un recargo (periodo ejecutivo) ésta también puede ser aplazada. Por otra parte si la deuda entre ya en periodo de embargo ésta solo podrá aplazarse en condiciones especiales.

¿Donde? El aplazamiento se puede presentar físicamente en persona en las oficinas de Hacienda o por internet. 

Por lo general suelen conceder los aplazamientos con un máximo de 24 mensualidades, dependiendo del importe, con vencimientos de pago en día 5 o 20 del mes, el primer vencimiento a pagar a muy tardar de 2 meses desde que presentas la solicitud y alegando la falta de liquidez. Es requisito imprescindible para conceder el aplazamiento estar al corriente en tus obligaciones tributarias y deudas.

Por otra parte si la deuda supera el importe de 18.000 euros hay que aportar aval bancario. El inconveniente del aval bancario son las comisiones que te va a cobrar el banco mediante dure el aplazamiento pero es mejor que aportar como garantía una propiedad (por ejemplo: un local) ya que los costes son más elevados por formalizar la garantía hipotecaria en escritura pública a favor de Hacienda. Hacienda te da 2 meses para formalizar la garantía definitiva del aval bancario. 

Por último el tipo de interés de demora que se aplica en las liquidaciones de deuda entre Hacienda y los contribuyentes, no variará respecto al 2013 y en el ejercicio 2014 se aplicará el 5%. 

El tipo de interés de los aplazamientos es el 5% en el 2014

En definitiva es una buena alternativa el aplazamiento o fraccionamiento que realizan todos los empresarios y resalto la frase, a la cual no estoy conforme, que dicen los funcionarios "se esta dando una cierta utilización de forma fraudulenta de la figura del aplazamiento de las deudas tributarias". Por otra parte, lo que dicen los empresarios y estoy conforme "no hay dinero para pagar los impuestos y no nos queda más remedio que aplazarlos para evitar recargos".

lunes, 23 de diciembre de 2013

Monta un negocio rentable: El turismo rural. Trámites Andalucía.



Que decir tiene que una de las industrias que funcionan en España es el turismo representando el 10% de nuestro PIB y creciendo cada año tanto en turistas extranjeros como nacionales.


Cada vez más los españoles buscamos el turismo rural por los siguientes motivos: más diverso y de calidad, turismo activo e individualizado, menor concentración, gasto medio de viaje más económico y respecto del medio ambiente. Un dato importante solo en el mes de octubre de 2013 las pernoctaciones en alojamientos turísticos de apartamentos, campings y alejomaientos rurales ha sido de 6,5 millones y en términos anuales se han aumentado en un 3,1%.

Turismo rural: el 89% residentes en España y 11% extranjeros.

Los trámites para montar una casa rural en Andalucía son los siguientes:

1. La regulación de estos establecimientos turísticos corresponden a la Consejería de Turismo de Andalucía, y en concreto los trámite los vas a tener que realizar en su delegación provincial. 

2. La casa rural tiene que tener la tipología arquitectónica de la comarca en la que se sitúa, debe estar integra en el entorno natural y cultural, y unos requisitos mínimos de infraestructura. Debe de tratarse de una vivienda de carácter independiente, no existir más de tres viviendas en el mismo edificio y no tener más de 20 plazas. 

3. Existen dos clase de categorías de casas rurales: básica y superior.

4. Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, la modalidad, y en su caso, la categoría y especificación. 

5. Cumplir con las prescripciones específicas del ANEXO III del Decreto 20/2002, de 29 de Enero, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo. Entre una de las prescripciones: las habitaciones individuales mínimo 7 metros cuadrados y 10 metros cuadrados las dobles. El constructor que te haga la obra adecuada  de casa rural deberá cumplir con estas prescripciones para su inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía. 

Crea tu PLAN DE EMPRESA. Estos son los pasos:



- Tenemos que partir de tu IDEA del negocio que quieres montar: comparación con otros negocios ya existentes, los riesgos del negocio, las ventajas, la originalidad del negocio, los clientes a los que va dirigido tu negocio,...
- Analizar en ENTORNO que consiste en conocer la actividad que vas a desarrollar y en el sector en el que te vas a mover.
     - Por otra parte tienes que realizar un ANÁLISIS DE MERCADO, es decir, a que clientes van dirigidos tus productos y que necesidades vas a cubrir.
      - Realizar un PLAN DE MARKETING o VENTAS que consiste simplemente en el objetivo de ventas que queremos obtener y la forma de como intentar conseguirlo.
        - Por último la VIABILIDAD FINANCIERA de la empresa: ¿cuando dinero vamos a necesitar para empezar y cuanto queremos ganar?.
 Una vez tenida confeccionada tu idea de negocio, te indico a continuación el papeleo que hay que realizar:
        - Tienes que determinar si vas a ser autónomo o a crear una sociedad. Esto va a depender del negocio que quieras montar. Si vas a ser autónomo las obligaciones son del alta en Hacienda como empresario con la consiguiente obligación de presentar impuestos trimestrales y declarar tus cuentas en tu Renta. También tienes que pagar tu autónomo a la Seguridad social todos los meses. Si va a constituir una Sociedad (varios socios) se formaliza con unos estatutos, con la firma en notaria de una escritura pública y la inscripción en el registro mercantil de la sociedad. Las obligaciones son similares a efectos de impuestos y de como pagarlos, pero todo va a depender del negocio.
 Novedad con la nueva ley de emprendedores es que el autónomo no va a responder con sus deudas de su empresa con su vivienda habitual, pero cumpliendo los requisitos de la ley "Emprendedor Responsabilidad Limitada".
      - Obligaciones tributarias. Darse de alta en Hacienda y presentar los impuestos trimestrales (IVA por ejemplo) y anuales (renta o Impuesto sobre Sociedades).
     - Obligaciones Seguridad Social. Pagar el autónomo. Para los nuevos autónomos con la nueva reforma se paga solo 50 euros los 6 primeros meses y el resto el mínimo entorno a 260 euros.
       - Licencia de apertura. Tienes que disponer de una licencia de apertura para abrir del negocio de cara al público y pagar la correspondientes tasas que depende del Ayuntamiento donde se encuentre.
       - Estar dado de alta en la Protección de Datos. A través de la página oficial de la Agencia Española de Protección de Datos puedes darte de alta, es sencillo y gratuito.
     - Hoja de quejas o reclamaciones de consumo. Tener disponible en el negocio un libro de quejas de consumo por si algún cliente tiene alguna queja por el producto o servicio que le ofreces.
     - Seguro del negocio. Todos lo negocios tienen que tener un seguro que cubra las responsabilidades del negocio en función de sus necesidades.
     - Buscar financiación ya sea familiar, amigos o al banco. Si es un banco, busca aquel que tenga menores costes lógicamente: comisiones, remesas, tpv,...
Por último te voy a hablar de las AYUDAS y SUBVENCIONES en materia de servicios turísticos y creación de nuevos productos.

Estamos hablando del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) que subvenciona aquellas acciones catalogadas como infraestructura turística que redunden en una mayor calidad en la prestación de los servicios turísticos y un desarrollo integral de los recursos y productos turísticos de Andalucía. 

Ahora mismo no hay ayudas pero te pueden informar mucho mejor en la Delegación Provincial de Turismo de Andalucía de tu provincia y avisar cuando se liciten nuevas ayudas para tu casa rural.  

En definitiva el turismo es un sector en auge que crece cada año y en el que las casas rurales tienen su principal cliente al español.

viernes, 20 de diciembre de 2013

Legaliza tu CORTIJO o CHALET en Motril. Trámites.

La legalización de los cortijos o chalets en Motril ha sido una demanda de siempre de los propietarios al Ayuntamiento y ya se pueden realizar. Eso sí el Ayuntamiento de Motril va a hacer caja y según ellos van a dar cobertura legal, pero nada más lejos de ello ya que van a seguir siendo construcciones ilegales.

El Ayuntamiento va a hacer caja y van a seguir siendo ilegales los cortijos
                     
Los requisitos para que reconozcan estas construcciones son las siguientes: 

- La edificación se encuentre terminada.
- Este prescrita la acción. Es decir, construcciones anteriores a 2008, para que no te puedan sancionar.
- No podrán encontrarse en la siguiente situación: edificaciones integradas en una parcela urbanística, edificaciones en suelo de especial protección (ejemplo: litoral), edificaciones en suelo no urbanizable, las que contradigan el PGOU o invadan parques, espacios libres o infraestructuras.

Un aspecto importante de la "legalización de los cortijos" es que NO se procederá a la concesión de licencias de ocupación o de utilización por el Ayuntamiento, de conformidad al artículo 3.2 Ordenanza Municipal ¿Qué significa? Que no se ha realizado la construcción con arreglo por un proyecto técnico y licencia urbanística. Es decir, sigue siendo ilegal y no se reconocen al igual a otras propiedades de la ordenación.

Para solicitar la legalización tienes que aportar lo siguiente:

- Informe técnico de la construcción por un constructor. Este informe o proyecto te puede costar entre 500 € a 3.000 € dependiendo de la obra.
- Escrituras de la finca rústica en la que se ha construido.
- Fotocopia del DNI del propietario.
- Justificación del pago de la Tasa. El importe de la tasa es de 3,6% sobre el valor que le de el técnico a la construcción. Si la construcción se valora en 100.00 € tienes que pagar una tasa al Ayuntamiento de 3.600 €. Por cuanto menos se valore, menos pagas (al Ayuntamiento y al técnico).
- Copia del recibo de la contribución. A partir de ahora vas a pagar constribución por finca urbana.
- Modelo 902-N de alta en el catastro. 
- Alta en la tasa de basura. Si nunca has pagado basura de tus terrenos, a partir de legalización sí.
- Contrato de suministro de luz y agua. 
- Declaración jurada de inexistencia de procedimiento judicial sobre el inmueble.

La resolución de la legalización es de 6 meses. Si no te contestan en ese plazo se dará por desestimada y te pueden requerir que subsanes alguna documentación y para ello te darán un plazo de 10 días. Una vez reconocido la situación legal del cortijo solo puedes hacer obras de reparación y conservación para el mantenimiento de las condiciones de seguridad y salubridad del inmueble, y muy importante: si las haces tienes que pagar licencias de obras o si no te sancionan. 

Por último la resolución administrativa de legalización del cortijo es suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad. Lógicamente tendrás que pagar los impuestos a la Junta de Andalucía y al Registrador. 

¿Qué inconvenientes tiene esta legalización? Sobretodo los costes de informe técnico, tasas, pago de basura todos los años, pago de contribución todos los años, impuestos Junta de Andalucía y honorarios registrador de la propiedad. También otro inconveniente es el control del Ayuntamiento sobre esa finca de futuras obras que hagas ¿Qué ventajas tiene la legalización? Ninguna. Estos cortijos construidos con anterioridad a 2008 han prescrito y no te pueden sancionar, no se van a convertir en cortijos legales y el Ayuntamiento va a tener sobre el mismo más control y sobretodo te va a cobrar impuestos.

viernes, 13 de diciembre de 2013

¿Cómo saber si estoy en un listado de morosos y cómo salir? ASNEF, CIRBE y RAI. ¿Prescripción deudas?.

El aparecer en un listado de morosos es tan fácil como tener impagada una factura, cuota o recibo de teléfono, la tarjeta de crédito o un préstamo. En la mayoría de los casos la gente se entera que es moroso cuando va a solicitar un préstamo a su banco.

Una simple factura impagada te puede incluir en el ASNEF

Lo primero que hay que hacer es consultar si estas en una lista de morosos y tienes deudas. La empresas que recogen esa información es ASNEF, CIRBE y RAI.

La consulta se puede realizar de la siguiente forma:

 - ASNEF: Solicita la información por correo electrónico (sac@equifax.es), correo postal (calle Albasanz nº 16, Madrid 28037) o por teléfono (902 300 414).

 - CIRBE: Solicita la información por correo postal (calle Alcalá nº 48, Madrid 28014).

 - RAI: Este registro es solo para empresas. Solicita la información por web oficial (https://www.ficherorai.com/RAIWEB/login.aspx?ReturnUrl=%2fraiweb%2fDefault.aspx).

La documentación a aportar para requerir la información son tus datos personales y documentación de la deuda, y en el caso del CIRBE y RAI tienen formularios propios. Suelen tardar menos de un mes en darte la información e incluso tu propio banco te la puede facilitar más rápidamente. 

¿Cómo salir de estos registros como moroso?

Entregando la documentación de la deuda pagada a estos registros por los medios que he indicado anteriormente. 

¿Cuando prescriben las deudas?

 El tiempo de prescripción depende de la deuda pudiendo ser desde los 4 a 15 años, pero por lo general las deudas prescriben a los 5 años para pagos realizados por años o por plazos más breves de conformidad en el artículo 1.966 Código Civil. Las deudas de la Agencia tributaria y Seguridad Social a los 4 años. Es requisito para la prescripción de la deuda de que el Acreedor o la Administración no haya ejercido acción de carta o requerimiento para exigirte la deuda durante dicho periodo ininterrumpidamente.

miércoles, 11 de diciembre de 2013

Calendario laboral 2014. Días inhábiles a efectos administrativos. Andalucía.

El calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el año 2014 en Andalucía es el siguiente:

 - 1 de Enero (Miércoles) Año Nuevo.
 - 6 de Enero (Lunes) Epifanía del Señor.
 - 28 de Febrero (Viernes) Día de Andalucía.
 - 17 de Abril (Jueves) Jueves Santo.
 - 18 de Abril (Viernes) Viernes Santo. 
 - 1 de Mayo (Jueves) Fiesta del Trabajo.
 - 15 de Agosto (Viernes) Asunción de la Virgen. 
 - 13 de Octubre (Lunes) Fiesta Nacional.
 - 1 de Noviembre (Sábado) Todos los Santos.
 - 6 de Diciembre (Sábado) Día Constitución. 
 - 8 de Diciembre (Lunes) Día Inmaculada Concepción. 
 - 25 de Diciembre (Jueves) Navidad. 

En el ámbito municipal tienen dos días inhábiles más, que hay que añadírselos y que se establece por cada municipio en función de sus fiestas locales.

Por último indicar que el Gobierno estudia y trabaja para suprimir los puentes y conseguir así que seamos más productivos. Con todo ello respecto al año 2014 el Gobierno no ha tomado medidas y únicamente hay un macro-puente del día 1 de Mayo jueves (Fiesta del trabajo) por coincidencia con la fecha. Señalar que el Gobierno baraja suprimir en el futuro el día de los Santos, de la Constitución y de la Inmaculada (para ser más productivos).