Si vives de alquiler estas de suerte porque llega la tan espera ayuda directa a los que viven de alquiler con el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016. Esta no la verás efectiva en tu cuenta bancaria hasta finales de este año, pero ya esta en camino. Sé paciente.
Verás el dinero de la ayuda a finales de 2014
En cualquier caso, los beneficiarios tienen que ser personas físicas mayores (ya no solo los jóvenes) que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser titular o estar en condiciones de suscribir de un contrato de arrendamiento de vivienda, en calidad de arrendatario.
- La vivienda tiene que constituir tú residencia habitual y permanente. Este punto es muy importante en empadronarte en dicha vivienda, domiciliar recibos tuyos (agua, luz, teléfono) y constar tu vivienda de alquiler en tú declaración de la Renta. Así acreditas que vives en la vivienda alquilada para obtener la ayuda.
- Cumplir el límite de tus ingresos: ganar menos de 1.600 € mensuales o 22.635 € brutos al año.
- Renta de la vivienda igual o inferior a los 600 € mensuales.
Recibir la ayuda: Tiene que ser tu vivienda habitual.
Los términos de la ayuda son los siguientes:
- Hasta el 40% de la renta anual. Se estima que pagarán 200 € por alquiler.
- Límite máximo de 2.400 € anuales por vivienda.
- Por un plazo máximo de 12 meses prorrogables hasta el 31 de diciembre de 2016.
La ayuda la tienes que solicitar a la Consejería de Vivienda de la Comunidad Autónoma donde resides.
Por otra parte existe la deducción fiscal estatal al alquiler en tú Impuesto sobre la Renta de hasta el límite de 9.015 € anuales siempre que no ganes más de 24.107, 20 euros.
También existe la deducción fiscal autonómica que dependerá donde residas y en Andalucía si tienes menos de 35 años te puedes deducir hasta el 15% del dinero que destinas al alquiler hasta un máximo de 500 € , en Madrid llega hasta la cuantía de 840 € y en Cataluña hasta los 300 € en tu Renta.
Por último señalar que soy un ferviente partidario de vivir de alquiler, no solo por las ayudas directas y deducciones fiscales, sino por el ahorro que supone, el incentivar la emancipación de los jóvenes y la movilidad geográfica. Pero no todo van a ser ventajas: con la subvención del alquiler tienes que pagar impuestos en tú Renta, que se considera como una ganancia patrimonial que tributa al 21% (inferior a 6.000€) en la Renta. Ten en cuenta que si recibes la ayuda, en el año siguiente a recibirla puede que tengas que pagar en tu Impuesto sobre Renta.
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