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Si has consumido gasolina o gasóleo, tienes derecho a la devolución de los 4 últimos años
El procedimiento para solicitar la devolución es a través de una solicitud por internet "https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Impuestos_y_Tasas/II_EE__Devoluciones/IIEE__Devolucion_especial_IVMDH_/IIEE__Devolucion_especial_IVMDH_.shtml" en la que se hace constar los siguientes requisitos:
- Identificación del solicitante.
- Hechos, razones y petición en que se concrete la solicitud.
- Lugar, fecha y firma del solicitante.
- Datos de quien emitió las facturas de gasolina.
- Medio de devolución, es decir, tu número de cuenta bancaria.
- Justificantes de la facturas y de cómo las has pagado.
Los documentos exigibles para la devolución son las facturas o la expedición de tique y copia de ventas al por menor, cuando su importe no exceda de 3.000 euros, IVA incluido y el destinatario no sea un empresario profesional. Hay va a estar la dificultad de si dispones o no de las facturas.
La clave es tener las facturas
Hay que justificar el consumo para devolución
¿Hasta que fecha puedo solicitar la devolución?
No podrás pedir la devolución por el consumo de cantidades suministradas anteriores a 2010, porque han prescrito, y dicha solicitud se puede presentar siempre que desee, no hay plazo, pero con fecha retroactiva y con las facturas (muy importante) no superior a 4 años.
Hasta 2010 se puede pedir la devolución.
¿Y cuando me lo devolverán?
No se sabe y tienes sus riegos. El plazo de resolución de la solicitudes por parte de la Administración tributaria es de 6 meses, y te devolverán con intereses de demora que no tienes que solicitarlos porque de oficio te lo devolverán. Tienes que tener en cuenta tendrá que realizar sus comprobaciones e inspecciones pertinentes para devolver el dinero.
Hacienda para devolver dinero, SIEMPRE te comprueba tus cuentas.
¿Cuanto me devuelven? El 3% de lo consumido.
Por último y lo más importante a tener en cuenta son los efectos tributarios de la devolución. Si te has deducido las facturas de gasóleo y gasolina como empresario o profesional y solicitas la devolución, en este caso, tienes que declarar estos ingresos en el Impuesto sobre Sociedades y Renta que te los hayas deducido.
Cobras la devolución y tienes que declarar los ingresos. Estamos en lo mismo. NADA ¿Qué beneficio obtienes si eres empresario o profesional? Ninguno. A ti te interesa si eres un particular pero te tienes que hacer esta pregunta ¿Has guardado las facturas de gasolina de los últimos 4 años? No, pues estamos en lo mismo. No tienes ningún beneficio y ten cuidado porque si solicitas la devolución y no te corresponde, puedes ser sancionado por Hacienda por "solicitar indebidamente devoluciones". La sanción es de un 15% del dinero solicitado y que no te correspondía recibir.
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