miércoles, 14 de diciembre de 2022

Ayuda 100 euros por hijo 2023. Requisitos y solicitud.

Una ayuda que nunca viene mal con los gastos que conlleva un hijo. Es una mejora a la ayuda ya existente de los 100€ de madre trabajadora y que puede solicitarse a partir de enero de 2023.  

Los requisitos para solicitarla:

- La mujeres con hijos menores de 3 años.

- Si ambos progenitores son del mismo sexo, los dos tendrán derecho.

- El padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.

- El padre o tutor cuando tenga la guardia y custodia completa.

Se ofrece el derecho a 100€ mensuales (pago anticipado) o en un pago único (1.200€) en la  Renta, por hijo y hasta que cumpla los 3 años. Se solicita través de la página web de la Agencia Tributaria (modelo 140) o directamente en las oficinas de Hacienda o teléfono y tanto el solicitante como el menor de 3 años tienen que tener NIF para dicha solicitud.

Por otra parte, antes solo lo podían solicitar las madres trabajadoras y ahora se amplia a la mujeres que cobran la prestación por desempleo, contributiva o no, y también a las que, sin reunir los requisitos previamente coticen 30 días a partir del parto.

En definitiva una ayuda que no implica ni creo que conlleve una mejora de la natalidad, pero que siempre ha sido una exigencia por las madres desempleadas con hijos menores y lo han conseguido con la nueva Ley de Familias. 

viernes, 15 de agosto de 2014

Invertir dinero para generar ingresos. ¿En qué invierto?

La inversión es conseguir la información necesaria para tomar una decisión que te dé más rentabilidad o una fuente de ingresos a tu dinero y por ello  lo que tienes que hacer es que una vez que un euro ingresa en tu columna de activo o patrimonio, nunca lo dejes salir. El dinero se convierte en tu empleado y trabaja para ti. 

Deja que el dinero trabaje para tí

Pero...¿En qué puedo invertir?. Estas son las alternativas:

- En productor financieros (bolsa, fondos de inversión, libretas de ahorro,...)
- Invertir en inmuebles: Apartamento de playa, oficinas, terrenos,..
- Invertir en tú negocio.
- Invertir en tú formación.

1. Inversión Financiera.

La inversión financiera no te lo recomiendo al ser especulativa, como si estuvieras apostando. Me abuela decía "nadie da duros a cuatro pesetas". Mas claro agua. 

Pero te informo: a mayor interés = mayor riesgo, y al revés, a menor interés = menor riesgo. Otra cosa distinta es que l dinero ahorrado en el banco no vale nada pero puedes invertirlo en un fondo de inversión que te genere un tipo de interés modesto del 2% o 3% o ponerlo a plazo fijo. Pero salir de estas opciones es arriesgado: bolsa, preferentes,...

 La bolsa la veo como una apuesta. 

Un dato: la bajada de tipos de interés del Banco Central Europeo al 0,15% (no vale nada el dinero) esta propiciando la caída de los depósitos. Es más las Letras del Tesoro, Bonos u Obligaciones están por debajo del 2% y ya no te digo una cuenta ahorro por debajo del 1% de rentabilidad. 

                                                   Vivir del ahorro es una recete obsoleta. 

Por último si piensas en la jubilación puedes optar por los planes de pensiones y los PIAS (planes individualizados de ahorro sistemático) pero tienes que tener en cuenta que si es para un plazo superior a 10 años, la rentabilidad tiene que ser superior a la inflación prevista, es decir, deberíamos superar el 2,5% de rentabilidad.

2. Inversión en Inmuebles.

Ten claro esto: Si compras una casa para vivir es un gasto (te quitas dinero) pero si compras una segunda casa distinta de la que vives es una inversión porque pone dinero en tu bolsillo (la alquilas). Muy simple.  

La inversión en inmuebles te puede generar una plusvalía, el "ladrillazo", pero te cuidado porque los pelotazos se han acabado y puedes obtener gangas hoy en día pero también puedes perder mucho dinero: IVA, plusvalía ayuntamiento, contribuciones, mantenimiento, periodo de venta (largo),...

Yo vivo de alquiler y puedes pensar "estás tirando el dinero", pero yo pienso, no me he convertido en un empleado del banco (hipotecas, seguros,..) y tengo la libertad financiera-personal de hacer muchos proyectos (viajar-disfrutar de la vida).

3. Invertir en tú negocio.

Invierte en ti, en tu propio negocio personal. Esta es la inversión que más me gusta, porque tus beneficios tienes que estar en tu negocio no en el negocio de otro (como el banco). Tu trabajo es buscar trabajo a tu dinero, crear activos que generen riqueza y flujos de caja ilimitados. Ese es tú negocio. 

Tus beneficios inviértelos en tu negocio, para que te den mas dinero. 

Parece fácil decirlo pero es así. Con esfuerzo y trabajo se consigue un negocio. No lo vas a tener gratis y de un día para otro. Esta inversión como las demás míralas siempre a largo plazo, pero empieza a estudiarlo, cuanto antes mejor. No esperes a que las ideas te las impongan otros. 

Por mi experiencia en mi Asesoría Fiscal busca un oficio que tú sepas y estés capacitado, que te guste, haz un estudio de mercado de posicionamiento del negocio (local, internet,...) y cubriendo una necesidad que de soluciones a los problemas de la gente. La gente te paga si le resuelves sus problemas: salud, dinero, relaciones,.. 

No te recomiendo una franquicia, porque eso es muy fácil, solo tienes que aportar dinero. Te reconcomiendo un negocio partiendo de 0, desde casa en tu tiempo libre y que consideres que te gusta como ocio. 

4.- Invertir en formación.

Ahora si no sabes inglés eres un analfabeto. La formación tiene que ser continua de por vida o puedes optar por ser un ignorante lo que conlleva que pierdas dinero por lo que tendrás que trabajar más duramente para tener un poco de calidad de vida, prosperidad o más libertad.  

"La causa principal de la pobreza es la ignorancia". Robert Kiyosaky. 

No estoy hablando de hacer un master en la Universidad de Carlos V, pero si de mantener una educación financiera mínima continua de aprender como de leer libros, leer el periódico diariamente, estudiar inglés, viajar, seguir las redes sociales, conferencias, moverte en círculos de interés, tener contactos interesantes, tener un coach,...

En definitiva ten siempre la premisa de si una oportunidad es compleja y no comprendes la inversión no la hagas. Matemática simple y de sentido común es todo lo que se necesita para ir bien financieramente y buscar una buena calidad de vida. 

sábado, 19 de julio de 2014

Plan Estatal de Vivienda 2013-2016. Ayuda al alquiler. Ventajas fiscales.

Si vives de alquiler estas de suerte porque llega la tan espera ayuda directa a los que viven de alquiler con el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016. Esta no la verás efectiva en tu cuenta bancaria hasta finales de este año, pero ya esta en camino. Sé paciente. 

Verás el dinero de la ayuda a finales de 2014

En cualquier caso, los beneficiarios tienen que ser personas físicas mayores (ya no solo los jóvenes) que reúnan los siguientes requisitos:

- Ser titular o estar en condiciones de suscribir de un contrato de arrendamiento de vivienda, en calidad de arrendatario.
- La vivienda tiene que constituir tú residencia habitual y permanente. Este punto es muy importante en empadronarte en dicha vivienda, domiciliar recibos tuyos (agua, luz, teléfono) y constar tu vivienda de alquiler en tú declaración de la Renta. Así acreditas que vives en la vivienda alquilada para obtener la ayuda.
- Cumplir el límite de tus ingresos: ganar menos de 1.600 € mensuales o 22.635 € brutos al año.
- Renta de la vivienda igual o inferior a los 600 € mensuales.

Recibir la ayuda: Tiene que ser tu vivienda habitual. 

Los términos de la ayuda son los siguientes:

- Hasta el 40% de la renta anual. Se estima que pagarán 200 € por alquiler.
- Límite máximo de 2.400 € anuales por vivienda. 
- Por un plazo máximo de 12 meses prorrogables hasta el 31 de diciembre de 2016.

    La ayuda la tienes que solicitar a la Consejería de Vivienda de la Comunidad Autónoma donde resides. 

Por otra parte existe la deducción fiscal estatal al alquiler en tú Impuesto sobre la Renta de hasta el límite de 9.015 € anuales siempre que no ganes más de 24.107, 20 euros. 

También existe la deducción fiscal autonómica que dependerá donde residas y en Andalucía si tienes menos de 35 años te puedes deducir hasta el 15% del dinero que destinas al alquiler hasta un máximo de 500 € , en Madrid llega hasta la cuantía de 840 € y en Cataluña hasta los 300 € en tu Renta.

Por último señalar que soy un ferviente partidario de vivir de alquiler, no solo por las ayudas directas y deducciones fiscales, sino por el ahorro que supone, el incentivar la emancipación de los jóvenes y la movilidad geográfica. Pero no todo van a ser ventajas: con la subvención del alquiler tienes que pagar impuestos en tú Renta, que se considera como una ganancia patrimonial que tributa al 21% (inferior a 6.000€) en la Renta. Ten en cuenta que si recibes la ayuda, en el año siguiente a recibirla puede que tengas que pagar en tu Impuesto sobre Renta.  

sábado, 22 de marzo de 2014

Reclamar la devolución del "céntimo sanitario". La clave es tener las facturas. Inconvenientes fiscales.

El céntimo sanitario es un impuesto estatal que se creo para recaudar y financiar gastos de sanidad y actuaciones medioambientales. Se recaudaba a través del consumo del gasóleo o gasolina de los coches, y obligadas por el Tribunal Europeo de suprimirlo.  

Si has consumido gasolina o gasóleo, tienes derecho a la devolución de los 4 últimos años

El procedimiento para solicitar la devolución es a través de una solicitud por internet "https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Impuestos_y_Tasas/II_EE__Devoluciones/IIEE__Devolucion_especial_IVMDH_/IIEE__Devolucion_especial_IVMDH_.shtml" en la que se hace constar los siguientes requisitos:

- Identificación del solicitante.
- Hechos, razones y petición en que se concrete la solicitud.
- Lugar, fecha y firma del solicitante. 
- Datos de quien emitió las facturas de gasolina.  
- Medio de devolución, es decir, tu número de cuenta bancaria.
- Justificantes de la facturas y de cómo las has pagado.

Los documentos exigibles para la devolución son las facturas o la expedición de tique y copia de ventas al por menor, cuando su importe no exceda de 3.000 euros, IVA incluido y el destinatario no sea un empresario profesional. Hay va a estar la dificultad de si dispones o no de las facturas. 

La clave es tener las facturas
Hay que justificar el consumo para devolución

¿Hasta que fecha puedo solicitar la devolución?

No podrás pedir la devolución por el consumo de cantidades suministradas anteriores a 2010, porque han prescrito, y dicha solicitud se puede presentar siempre que desee, no hay plazo, pero con fecha retroactiva  y con las facturas (muy importante) no superior a 4 años.

Hasta 2010 se puede pedir la devolución.  

¿Y cuando me lo devolverán?

No se sabe y tienes sus riegos. El plazo de resolución de la solicitudes por parte de la Administración tributaria es de 6 meses, y te devolverán con intereses de demora que no tienes que solicitarlos porque de oficio te lo devolverán. Tienes que tener en cuenta tendrá que realizar sus comprobaciones e inspecciones pertinentes para devolver el dinero. 

Hacienda para devolver dinero, SIEMPRE te comprueba tus cuentas.

¿Cuanto me devuelven? El 3% de lo consumido. 

Por último y lo más importante a tener en cuenta son los efectos tributarios de la devolución. Si te has deducido las facturas de gasóleo y gasolina como empresario o profesional y solicitas la devolución, en este caso, tienes que declarar estos ingresos en el Impuesto sobre Sociedades y Renta que te los hayas deducido.

Cobras la devolución y tienes que declarar los ingresos. Estamos en lo mismo. NADA ¿Qué beneficio obtienes si eres empresario o profesional? Ninguno. A ti te interesa si eres un particular pero te tienes que hacer esta pregunta ¿Has guardado las facturas de gasolina de los últimos 4 años? No, pues estamos en lo mismo. No tienes ningún beneficio y ten cuidado porque si solicitas la devolución y no te corresponde, puedes ser sancionado por Hacienda por "solicitar indebidamente devoluciones". La sanción es de un 15% del dinero solicitado y que no te correspondía recibir. 

lunes, 24 de febrero de 2014

Alternativas de financiación para tú empresa distinta del crédito bancario.

Existen alternativas de financiación procedentes de las operaciones corrientes de la actividad económica  de tú empresa sin tener que recurrir a pedir crédito al banco.

Busca la financiación generada por tu propia empresa

Las alternativas son los siguientes:

- Financiación de proveedores. Tú empresa tiene que conseguir mayores plazos de pago (30 días, 60 días, 90 días,...) o aumentar la cuantía pagadera aplazada. Esto te permite tener más liquidez y de ahí demostrarás tú capacidad para negociar. Esto evitará que le tengas que pedir dinero al banco.

-Financiación a clientes. Es decir, cobra al contado a tus clientes (cuanto antes mejor), reduce los plazos de pago o reduce la cuantía a cobrar aplazada. Es fácil de decir, pero hay que mover cielo y tierra para cobrar las facturas hoy en día. La morosidad no para de crecer (RAI, ASNEF,..). Esto te generará más fondos para invertir en tú empresa y enfocarte en las oportunidades. 

- Reduce el stocks de tu negocio. Para mí esta es la más importante. Reduce las existencias en tu negocio. El dinero que tienes en las existencias de stock lo puedes invertir en otras actividades que te den dinero (ponlo a plazo fijo, compra ofertas a bajo coste,..). Tienes que valorar el servicio al cliente que tengas con la mercancía en el momento oportuno. Piensa que si no dispones de la mercancía... el cliente se irá a otro comercio a comprar con toda seguridad. Esto es muy típico en los supermercados, que tienen stocks a malsalvas, lo que conlleva gastos innecesarios: menos dinero disponible, almacén, transporte, seguridad,.. 

- Impuestos y ayudas. ¿Cómo que es eso de que ya no hay ayudas? Si las hay, pero para determinados sectores y campañas. Por rachas. Hay que estar actualizado. Están vigentes ahora las subvenciones de energía eficiente para PYMES o ayudas a la contratación laboral. No utilices la caja para pagar impuestos, mejor a través de dinero disponible en tu banco.

- Descuento de efectos. Consiste en una operación financiera en la que el banco te anticipa el importe y gestión de su cobro de la factura de tú cliente. El banco te descuenta del importe sus comisiones que su coste es muy inferior a pedir un préstamo. Por otra parte los intereses, comisiones y otros gastos son deducibles en su totalidad por tu empresa. Esta opción utilízala de forma inteligente y no trabajes permanentemente para pagar a tu banco. 

Con estos pasos se reduce la financiación y para reducir aún más la financiación la clave está en gastar poco. Lo fundamental y a tener en cuenta es disponer de los recursos imprescindibles para operar manteniendo el mínimo de calidad que prestas del servicio o producto a los clientes. Elimina siempre los costes fijos, elimina los costes superfluos y empieza a tener costes variables que podrás ir cambiando y adaptándose a las necesidades del mercado. 

Un ejemplo empresarial de financiación de la propia empresa es MERCADONA

Mercadona es el ejemplo perfecto de empresa que se financia ella sola. En la facultad es pregunta de examen práctico. Cuando genera suficiente liquidez este cadena de comida, lo invierte y te monta otro supermercado en otro municipio, con productos propios que crea ella misma (tienen, por ejemplo, ganaderías propias). Luego te preguntarás cómo su presidente, Juan Roig, está entre las personas más ricas de nuestro país.

jueves, 20 de febrero de 2014

Subvención por sustituir la iluminación de TU negocio. Andalucía. "Bombillas LED".

Con los tiempos que corren que se mira mucho el dinero en el tema del ahorro, es muy importante el uso de la energía que realizamos de nuestro negocio, y no solo ver disminuir el importe de la factura sino de que nuestro negocio este iluminado para captar la atención de los clientes.

Eficiencia energética: ahorro factura luz y mayor captación de                                                  clientes (más luz)

Me refiero al Programa de Iluminación Eficiente de la Agencia Andaluza de Energía que consiste en sustituir los sistemas de iluminación del negocio, por otros de mayor eficiencia energética que permitan la disminución del consumo de energía eléctrica. 

Los pasos a seguir son los siguientes:

Ser comercial al por menor o tener un bar o restaurante. Ser una PYME.
- Localizar una empresa colaboradora y pedir presupuesto de la instalación que queremos hacer en nuestro negocio. En este enlace puedes ver las empresas colaboradoras: 
http://www.agenciaandaluzadelaenergia.es/empresasAutorizadasColaboradoras/
- Solicitar presupuesto de la instalación. Es bueno que se pidan varios presupuestos de las empresas colaboradoras, para comparar precios, no todas ofrecen la misma calidad-precio. 
- La empresa instaladora descontará de la factura la subvención, en torno entre el 20% y 30% (depende de lo que compres)
- La empresa instaladora realizará la nueva iluminación eficiente y retirará los ineficientes.
- El coste de las adquisición e instalación de la iluminación eficiente, tiene que ser entre 1.000 € y 10.000 € IVA excluido. 

¿Qué tipo de elementos de iluminación se subvencionan? 

- Las lámparas halógenas de alta eficiencia.
- Las lámparas halogenuros metálicos de tipo Down light.
- Las famosas bombillas LED...

Las famosas bombillas LED son las preferidas por los empresarios. 

Todo aquello que conlleve a una eficiencia energética y gastes menos luz. Los empresarios ponen todo su negocio de bombillas de LED con las consiguientes ventajas: bajo consumo de energía, mayor tiempo de vida, tamaño reducido, durabilidad, reducen la emisión de calor,... Todo son ventajas. Además no soy partidario nunca de las subvenciones y de que el sistema nos mantenga, pero si es para mejorar el medio ambiente y ser responsables, estoy totalmente de acuerdo. 

Por último en el plano de desgravación fiscal la instalación eléctrica es deducible para tu negocio con la amortización correspondiente del 10% anual (anual) y es deducible el IVA (21%) de la compra siempre que éste se destine y esté afecto a la actividad económica de tu negocio. 

En resumen te animo a que mejores tu negocio, y si es para ahorrar mucho mejor. Mira presupuestos ante los instaladores y que la factura venga subvencionada la instalación. Éste de ahorro en la factura de la luz puede oscilar entre el 30% y 35% mes, con lo que la instalación estará pagada sola en 1 año a lo sumo.

martes, 18 de febrero de 2014

Renting o Leasing ¿Cuál es la mejor opción para TU negocio?

El RENTING es un contrato de alquiler de bienes muebles, que permite disfrutar de todo tipo de equipamientos sin necesidad de adquirirlos, que por lo general tienen una duración superior a un año, y por el que se paga una cuota fija mensual. 

Renting: alquiler de bienes muebles = menos endeudamiento de tu empresa

Las características son las siguientes:

- Estos contratos son libres y se rigen por los pactos que rigen ellos, sin contravenir la normativa del Código Civil y Código de Comercio. Habrá que estas a las clausulas del contrato.
- En el Renting no se contempla la opción de compra
- El Renting de no es un producto financiero por lo que no esta sujeto a normas de supervisión.

¿Cuando se recomienda el renting? ¿Es rentable el renting?

Es rentable cuando no podemos comprar el bien mueble por su alto coste o cuando queremos una cobertura completa de los servicios adicionales de su uso. Los renting estás pensados para empresarios que tengan un buen beneficio, un buen cash-flow y que sean muy utilizados los bienes, que los utilices en un alto rendimiento en tu empresa  (que se obtenga mucho rendimiento del bien que utilizamos en renting). Si no hay beneficio en la empresa en lo que desgravar, entonces no nos interesa el renting.  

Para ser rentable el renting, tiene que tener beneficio tu empresa, para poder desgravar fiscalmente

Los renting más utilizados son en coches, mobiliario, equipos informáticos y maquinaria. 

En el caso del renting de coche las coberturas que suelen incluir son el seguro, límite de kilómetros a realizar mientras dure el contrato, gestión de multas, revisiones periódicas y la posibilidad de sustitución del coche en caso de avería.

¿Cuales son las ventajas del renting?

- Al adquirir el bien a través del renting, tu empresa no soporta el endeudamiento de compralo en su totalidad y con el desembolso que supone disponer de todo el dinero de golpe si lo compramos.
- La neutralidad del coste financiero implícito. Al no tener una carga financiera propia en interés, el contrato no esta sujeto a las fluctuaciones en los tipos de interés.

Las cuotas de renting, con su IVA correspondiente, se considera gasto deducible al 100% siempre que el bien que adquirimos en renting este afecto a la actividad económica de tu negocio. 

El contrato de LEASING es exactamente la misma definición que el renting, pero se tiene la posibilidad de ejercitar una opción de compra sobre el bien y la carga financiera (intereses). Las caracteristicas para que estemos hablando de un arrendamiento financiero son las siguientes:

- Tener por objeto exclusivo la cesión del objeto por el pago de unas cuotas.
- El bien objeto de leasing tiene que quedar afecto a la actividad empresarial o profesional de un negocio. Solo es deducible el leasing si se financian bienes afectos a tu negocio y no para título particular.
- El contrato de leasing incluye necesariamente la opción de compra en la última cuota de pago.
- La duración mínima del contrato es de 2 años para bienes muebles.
- Las cuotas llevan una carga financiera (intereses). Los intereses son gasto deducible.
- Se aplican amortizaciones sobre el bien, que es gasto deducible fiscalmente. 

La ventaja financiera del leasing es que el IVA se devenga por cada cuota y no íntegramente al principio. Otra ventaja son la amortización acelerada, que permite imputar más gasto al principio de contrato. 

Leasing: ventajas fiscales son IVA, intereses deducibles y amortización.

En resumen, lo que hay que centrarse a la hora de optar a un renting o leasing es en primer lugar las necesidades de tu empresa. En cualquier caso la opción de alquilar un bien (coche, maquinaria,..) es siempre más rentable que comprarlo por el tener que disponer de todo el dinero de golpe y mantener luego ese bien. Yo soy partidario de que los negocios dispongan cuanto menos patrimonio mejor, para evitar costes de mantenimiento (seguros, itv, revisiones, reparaciones,...) y en la oficina en la que desempeño mi trabajo las empresas contratan más renting que leasing. 

Céntrate en las ventajas financieras y no en las ventajas fiscales 

Céntrate no en las ventajas fiscales (pagar menos impuestos) sino las ventajas financieras (pagar menos intereses al banco, comisiones,..). Muy importante son las coberturas que nos ofrecen en estos contratos y sobre todo en no endeudar la empresa con la compra de golpe del bien, pudiendo para aumentar la actividad de tu empresa y seguir adelante. También es importante considerar las lineas de financiación de ICO para contratar leasing, que las condiciones son mejores (financieras).