lunes, 30 de diciembre de 2013

Aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias en Hacienda. Interés para el 2014 del 5%.


Cada vez más los contribuyentes acuden a aplazar las deudas tributarias ante la falta de dinero siendo una buena alternativa para evitar recargos con Hacienda (del 20% al 35%). El único inconveniente es que hay que pagar intereses y la ventaja es que ganamos tiempo para hacer frente a las deudas. 

En principio todos los impuestos son aplazables a excepción a los pagos de retenciones de trabajadores y el pago de las retenciones de los arrendamientos.

Todos los impuestos son aplazables menos los de retenciones

Hasta hace muy poco se podían aplazar las retenciones de los trabajadores pero desde este mes de diciembre el gobierno a dirigido una instrucción a sus funcionarios de recaudación de Hacienda (instrucción 6/2013) para que no se aplacen. Ésto perjudica a los empresarios lógicamente.

¿Quien puede solicitar el aplazamiento? Cualquier autónomo o empresa 

¿Cuando? Dentro del periodo voluntario antes de que finalice la presentación o pago del impuesto. Si no lo pagas y la deuda entra en apremio con un recargo (periodo ejecutivo) ésta también puede ser aplazada. Por otra parte si la deuda entre ya en periodo de embargo ésta solo podrá aplazarse en condiciones especiales.

¿Donde? El aplazamiento se puede presentar físicamente en persona en las oficinas de Hacienda o por internet. 

Por lo general suelen conceder los aplazamientos con un máximo de 24 mensualidades, dependiendo del importe, con vencimientos de pago en día 5 o 20 del mes, el primer vencimiento a pagar a muy tardar de 2 meses desde que presentas la solicitud y alegando la falta de liquidez. Es requisito imprescindible para conceder el aplazamiento estar al corriente en tus obligaciones tributarias y deudas.

Por otra parte si la deuda supera el importe de 18.000 euros hay que aportar aval bancario. El inconveniente del aval bancario son las comisiones que te va a cobrar el banco mediante dure el aplazamiento pero es mejor que aportar como garantía una propiedad (por ejemplo: un local) ya que los costes son más elevados por formalizar la garantía hipotecaria en escritura pública a favor de Hacienda. Hacienda te da 2 meses para formalizar la garantía definitiva del aval bancario. 

Por último el tipo de interés de demora que se aplica en las liquidaciones de deuda entre Hacienda y los contribuyentes, no variará respecto al 2013 y en el ejercicio 2014 se aplicará el 5%. 

El tipo de interés de los aplazamientos es el 5% en el 2014

En definitiva es una buena alternativa el aplazamiento o fraccionamiento que realizan todos los empresarios y resalto la frase, a la cual no estoy conforme, que dicen los funcionarios "se esta dando una cierta utilización de forma fraudulenta de la figura del aplazamiento de las deudas tributarias". Por otra parte, lo que dicen los empresarios y estoy conforme "no hay dinero para pagar los impuestos y no nos queda más remedio que aplazarlos para evitar recargos".

lunes, 23 de diciembre de 2013

Monta un negocio rentable: El turismo rural. Trámites Andalucía.



Que decir tiene que una de las industrias que funcionan en España es el turismo representando el 10% de nuestro PIB y creciendo cada año tanto en turistas extranjeros como nacionales.


Cada vez más los españoles buscamos el turismo rural por los siguientes motivos: más diverso y de calidad, turismo activo e individualizado, menor concentración, gasto medio de viaje más económico y respecto del medio ambiente. Un dato importante solo en el mes de octubre de 2013 las pernoctaciones en alojamientos turísticos de apartamentos, campings y alejomaientos rurales ha sido de 6,5 millones y en términos anuales se han aumentado en un 3,1%.

Turismo rural: el 89% residentes en España y 11% extranjeros.

Los trámites para montar una casa rural en Andalucía son los siguientes:

1. La regulación de estos establecimientos turísticos corresponden a la Consejería de Turismo de Andalucía, y en concreto los trámite los vas a tener que realizar en su delegación provincial. 

2. La casa rural tiene que tener la tipología arquitectónica de la comarca en la que se sitúa, debe estar integra en el entorno natural y cultural, y unos requisitos mínimos de infraestructura. Debe de tratarse de una vivienda de carácter independiente, no existir más de tres viviendas en el mismo edificio y no tener más de 20 plazas. 

3. Existen dos clase de categorías de casas rurales: básica y superior.

4. Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, la modalidad, y en su caso, la categoría y especificación. 

5. Cumplir con las prescripciones específicas del ANEXO III del Decreto 20/2002, de 29 de Enero, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo. Entre una de las prescripciones: las habitaciones individuales mínimo 7 metros cuadrados y 10 metros cuadrados las dobles. El constructor que te haga la obra adecuada  de casa rural deberá cumplir con estas prescripciones para su inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía. 

Crea tu PLAN DE EMPRESA. Estos son los pasos:



- Tenemos que partir de tu IDEA del negocio que quieres montar: comparación con otros negocios ya existentes, los riesgos del negocio, las ventajas, la originalidad del negocio, los clientes a los que va dirigido tu negocio,...
- Analizar en ENTORNO que consiste en conocer la actividad que vas a desarrollar y en el sector en el que te vas a mover.
     - Por otra parte tienes que realizar un ANÁLISIS DE MERCADO, es decir, a que clientes van dirigidos tus productos y que necesidades vas a cubrir.
      - Realizar un PLAN DE MARKETING o VENTAS que consiste simplemente en el objetivo de ventas que queremos obtener y la forma de como intentar conseguirlo.
        - Por último la VIABILIDAD FINANCIERA de la empresa: ¿cuando dinero vamos a necesitar para empezar y cuanto queremos ganar?.
 Una vez tenida confeccionada tu idea de negocio, te indico a continuación el papeleo que hay que realizar:
        - Tienes que determinar si vas a ser autónomo o a crear una sociedad. Esto va a depender del negocio que quieras montar. Si vas a ser autónomo las obligaciones son del alta en Hacienda como empresario con la consiguiente obligación de presentar impuestos trimestrales y declarar tus cuentas en tu Renta. También tienes que pagar tu autónomo a la Seguridad social todos los meses. Si va a constituir una Sociedad (varios socios) se formaliza con unos estatutos, con la firma en notaria de una escritura pública y la inscripción en el registro mercantil de la sociedad. Las obligaciones son similares a efectos de impuestos y de como pagarlos, pero todo va a depender del negocio.
 Novedad con la nueva ley de emprendedores es que el autónomo no va a responder con sus deudas de su empresa con su vivienda habitual, pero cumpliendo los requisitos de la ley "Emprendedor Responsabilidad Limitada".
      - Obligaciones tributarias. Darse de alta en Hacienda y presentar los impuestos trimestrales (IVA por ejemplo) y anuales (renta o Impuesto sobre Sociedades).
     - Obligaciones Seguridad Social. Pagar el autónomo. Para los nuevos autónomos con la nueva reforma se paga solo 50 euros los 6 primeros meses y el resto el mínimo entorno a 260 euros.
       - Licencia de apertura. Tienes que disponer de una licencia de apertura para abrir del negocio de cara al público y pagar la correspondientes tasas que depende del Ayuntamiento donde se encuentre.
       - Estar dado de alta en la Protección de Datos. A través de la página oficial de la Agencia Española de Protección de Datos puedes darte de alta, es sencillo y gratuito.
     - Hoja de quejas o reclamaciones de consumo. Tener disponible en el negocio un libro de quejas de consumo por si algún cliente tiene alguna queja por el producto o servicio que le ofreces.
     - Seguro del negocio. Todos lo negocios tienen que tener un seguro que cubra las responsabilidades del negocio en función de sus necesidades.
     - Buscar financiación ya sea familiar, amigos o al banco. Si es un banco, busca aquel que tenga menores costes lógicamente: comisiones, remesas, tpv,...
Por último te voy a hablar de las AYUDAS y SUBVENCIONES en materia de servicios turísticos y creación de nuevos productos.

Estamos hablando del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) que subvenciona aquellas acciones catalogadas como infraestructura turística que redunden en una mayor calidad en la prestación de los servicios turísticos y un desarrollo integral de los recursos y productos turísticos de Andalucía. 

Ahora mismo no hay ayudas pero te pueden informar mucho mejor en la Delegación Provincial de Turismo de Andalucía de tu provincia y avisar cuando se liciten nuevas ayudas para tu casa rural.  

En definitiva el turismo es un sector en auge que crece cada año y en el que las casas rurales tienen su principal cliente al español.

viernes, 20 de diciembre de 2013

Legaliza tu CORTIJO o CHALET en Motril. Trámites.

La legalización de los cortijos o chalets en Motril ha sido una demanda de siempre de los propietarios al Ayuntamiento y ya se pueden realizar. Eso sí el Ayuntamiento de Motril va a hacer caja y según ellos van a dar cobertura legal, pero nada más lejos de ello ya que van a seguir siendo construcciones ilegales.

El Ayuntamiento va a hacer caja y van a seguir siendo ilegales los cortijos
                     
Los requisitos para que reconozcan estas construcciones son las siguientes: 

- La edificación se encuentre terminada.
- Este prescrita la acción. Es decir, construcciones anteriores a 2008, para que no te puedan sancionar.
- No podrán encontrarse en la siguiente situación: edificaciones integradas en una parcela urbanística, edificaciones en suelo de especial protección (ejemplo: litoral), edificaciones en suelo no urbanizable, las que contradigan el PGOU o invadan parques, espacios libres o infraestructuras.

Un aspecto importante de la "legalización de los cortijos" es que NO se procederá a la concesión de licencias de ocupación o de utilización por el Ayuntamiento, de conformidad al artículo 3.2 Ordenanza Municipal ¿Qué significa? Que no se ha realizado la construcción con arreglo por un proyecto técnico y licencia urbanística. Es decir, sigue siendo ilegal y no se reconocen al igual a otras propiedades de la ordenación.

Para solicitar la legalización tienes que aportar lo siguiente:

- Informe técnico de la construcción por un constructor. Este informe o proyecto te puede costar entre 500 € a 3.000 € dependiendo de la obra.
- Escrituras de la finca rústica en la que se ha construido.
- Fotocopia del DNI del propietario.
- Justificación del pago de la Tasa. El importe de la tasa es de 3,6% sobre el valor que le de el técnico a la construcción. Si la construcción se valora en 100.00 € tienes que pagar una tasa al Ayuntamiento de 3.600 €. Por cuanto menos se valore, menos pagas (al Ayuntamiento y al técnico).
- Copia del recibo de la contribución. A partir de ahora vas a pagar constribución por finca urbana.
- Modelo 902-N de alta en el catastro. 
- Alta en la tasa de basura. Si nunca has pagado basura de tus terrenos, a partir de legalización sí.
- Contrato de suministro de luz y agua. 
- Declaración jurada de inexistencia de procedimiento judicial sobre el inmueble.

La resolución de la legalización es de 6 meses. Si no te contestan en ese plazo se dará por desestimada y te pueden requerir que subsanes alguna documentación y para ello te darán un plazo de 10 días. Una vez reconocido la situación legal del cortijo solo puedes hacer obras de reparación y conservación para el mantenimiento de las condiciones de seguridad y salubridad del inmueble, y muy importante: si las haces tienes que pagar licencias de obras o si no te sancionan. 

Por último la resolución administrativa de legalización del cortijo es suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad. Lógicamente tendrás que pagar los impuestos a la Junta de Andalucía y al Registrador. 

¿Qué inconvenientes tiene esta legalización? Sobretodo los costes de informe técnico, tasas, pago de basura todos los años, pago de contribución todos los años, impuestos Junta de Andalucía y honorarios registrador de la propiedad. También otro inconveniente es el control del Ayuntamiento sobre esa finca de futuras obras que hagas ¿Qué ventajas tiene la legalización? Ninguna. Estos cortijos construidos con anterioridad a 2008 han prescrito y no te pueden sancionar, no se van a convertir en cortijos legales y el Ayuntamiento va a tener sobre el mismo más control y sobretodo te va a cobrar impuestos.

viernes, 13 de diciembre de 2013

¿Cómo saber si estoy en un listado de morosos y cómo salir? ASNEF, CIRBE y RAI. ¿Prescripción deudas?.

El aparecer en un listado de morosos es tan fácil como tener impagada una factura, cuota o recibo de teléfono, la tarjeta de crédito o un préstamo. En la mayoría de los casos la gente se entera que es moroso cuando va a solicitar un préstamo a su banco.

Una simple factura impagada te puede incluir en el ASNEF

Lo primero que hay que hacer es consultar si estas en una lista de morosos y tienes deudas. La empresas que recogen esa información es ASNEF, CIRBE y RAI.

La consulta se puede realizar de la siguiente forma:

 - ASNEF: Solicita la información por correo electrónico (sac@equifax.es), correo postal (calle Albasanz nº 16, Madrid 28037) o por teléfono (902 300 414).

 - CIRBE: Solicita la información por correo postal (calle Alcalá nº 48, Madrid 28014).

 - RAI: Este registro es solo para empresas. Solicita la información por web oficial (https://www.ficherorai.com/RAIWEB/login.aspx?ReturnUrl=%2fraiweb%2fDefault.aspx).

La documentación a aportar para requerir la información son tus datos personales y documentación de la deuda, y en el caso del CIRBE y RAI tienen formularios propios. Suelen tardar menos de un mes en darte la información e incluso tu propio banco te la puede facilitar más rápidamente. 

¿Cómo salir de estos registros como moroso?

Entregando la documentación de la deuda pagada a estos registros por los medios que he indicado anteriormente. 

¿Cuando prescriben las deudas?

 El tiempo de prescripción depende de la deuda pudiendo ser desde los 4 a 15 años, pero por lo general las deudas prescriben a los 5 años para pagos realizados por años o por plazos más breves de conformidad en el artículo 1.966 Código Civil. Las deudas de la Agencia tributaria y Seguridad Social a los 4 años. Es requisito para la prescripción de la deuda de que el Acreedor o la Administración no haya ejercido acción de carta o requerimiento para exigirte la deuda durante dicho periodo ininterrumpidamente.

miércoles, 11 de diciembre de 2013

Calendario laboral 2014. Días inhábiles a efectos administrativos. Andalucía.

El calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el año 2014 en Andalucía es el siguiente:

 - 1 de Enero (Miércoles) Año Nuevo.
 - 6 de Enero (Lunes) Epifanía del Señor.
 - 28 de Febrero (Viernes) Día de Andalucía.
 - 17 de Abril (Jueves) Jueves Santo.
 - 18 de Abril (Viernes) Viernes Santo. 
 - 1 de Mayo (Jueves) Fiesta del Trabajo.
 - 15 de Agosto (Viernes) Asunción de la Virgen. 
 - 13 de Octubre (Lunes) Fiesta Nacional.
 - 1 de Noviembre (Sábado) Todos los Santos.
 - 6 de Diciembre (Sábado) Día Constitución. 
 - 8 de Diciembre (Lunes) Día Inmaculada Concepción. 
 - 25 de Diciembre (Jueves) Navidad. 

En el ámbito municipal tienen dos días inhábiles más, que hay que añadírselos y que se establece por cada municipio en función de sus fiestas locales.

Por último indicar que el Gobierno estudia y trabaja para suprimir los puentes y conseguir así que seamos más productivos. Con todo ello respecto al año 2014 el Gobierno no ha tomado medidas y únicamente hay un macro-puente del día 1 de Mayo jueves (Fiesta del trabajo) por coincidencia con la fecha. Señalar que el Gobierno baraja suprimir en el futuro el día de los Santos, de la Constitución y de la Inmaculada (para ser más productivos). 

lunes, 9 de diciembre de 2013

Horarios comerciales en Andalucía.

Estos son los domingos y festivos de comercios que van a estar abiertos en el 2014 en Andalucía:

- El 5 de enero Domingo.
- El 5 de julio Domingo.
- El 17 de agosto Viernes.
- El 7 de septiembre Domingo.
- El 13 de octubre Lunes.
- El 1 de noviembre Sábado.
- El 8 de diciembre Lunes.
- El 14 de diciembre Domingo.
- El 21 de diciembre Domingo.
- El 28 de diciembre Domingo. 

Según la Ley de Comercio de Andalucía los comercios podrán permanecer abiertos al público domingos o festivos un máximo de 10 días al año. 

¿Sería bueno que se permitiera libertad de horarios para abrir los negocios? NO. Sería una práctica de esclavitud, en contra de las tiendas tradicionales y, como no, a favor de las grandes superficies.

En Andalucía el régimen general de horarios solo permite a las tiendas abrir 90 horas a la semana durante los días laborales y el régimen de festivos y domingos que son 10 días al año, que los establece la Junta y que para el año 2014 son los que he dicho anteriormente.

Por otra parte en Andalucía existe libertad de horarios para las siguientes tiendas:

- Tiendas de pastelería y pan.
- Tiendas de libros, revistas, periódicos y regalos.
- Tiendas situadas en zonas de turismo.
- Tiendas de menos de 300 metros de superficie.

viernes, 6 de diciembre de 2013

Ahorro en compras navideñas.


En estas fecha de Navidad se producen excesos en nuestras finanzas y como siempre he dicho el anticiparte es el éxito de control de tus finanzas y es claro que una manera sencilla de ahorrar el adelantar las compras navidades, siendo previsor.

Adelanta las compras y se previsor. 

Planear la Navidad con antelación es la clave: regalos, comida, ropa, fiestas,.. En el tema de la comida para planificar es nuestro aliado el congelador ya que cuando más se acercan las fechas más suben los precios sobre todo el marisco y en relación de los regalos busca y compara (compra por internet).

 Te añado estos consejos para los regalos:

   - Haz una lista de a quien le vas a hacer los regalos de Navidad.
  - Prepara un presupuesto. No compres compulsivamente.
  - Busca lo que quieres regalar
   - Compra por internet. Hay muchas más ofertas. 
  - Comprueba que todos los regalos tenga el sello de calidad y seguridad. 
  - Regala juguetes que den valores positivos.
 - Reparto de compras con la familia. Para que los familiares no repitan regalos y varios, reparte la lista con el resto de familiares y los compartís. 
   - Adquiere los regalos a principios de diciembre que hay ofertas y las tiendas no están abarrotadas. El inconveniente de comprar anticipadamente es las devoluciones. 
  - Compara sobre todo en locales e internet, y cuando vayas a comprar ve con el dinero exacto. 
  - Si vas a regalar ropa, esperaté a que pasen los reyes o se anticipen a las rebajas. 
   
Por último comentarte que hay gente que aprecia en vez de regalos materiales que cogen polvo en la casa, otro tipo de regalos más originales como un spa o una escapada de fin de semana, o ¿como no? un regalo hecho a por TI a mano y no comprado en la tienda: un cuadro, una foto de un viaje o una poesía. 

jueves, 5 de diciembre de 2013

IPC y Mercado Hipotecario noviembre 2013. ¿Cómo nos afecta?


Datos intereses de este último mes de noviembre de 2013:

- IPC general interanual de octubre 2012 a octubre 2013 ........................  - 0,1%
- Índice rubrica Vivienda de alquiler de octubre 2012 a octubre 2013....... - 0,5%

Por otra parte:

EURIBOR Noviembre 2013............................... 0,541

El tipo medio de préstamo hipotecarios de más de 3 años concedido por los bancos..... 3,252
El tipo medio de préstamo hipotecarios de 3 a 5 años concedido por los bancos........... 3,050

Los mejores tipos de referencias para préstamos hipotecarios en este mes de noviembre son para ING Hipoteca Naranja y iSantander. 

La pregunta que nos podemos hacer: La bajada de tipos al 0,25 e BCE ¿por qué no se traduce en descuentos para tu hipoteca? El Euribor es un mero tipo de interés que sirve de referencia para los préstamos. El mercado interbancario no funciona ya se ha roto la relación entre el Euribor y los tipos. 

Por último destacar el escándalo de ayer de la manipulación del Euribor en bancos europeos ¿se puede reclamar si eres afectado y te han engañado? Seguramente que sí y estas en tu derecho legítimo de reclamar el dinero que te han cobrado de más. Habrá que ver el procedimiento que establece la Unión Europea para recuperar TU dinero y ver como puedes descubrir si te han engaño o no. Difícil descubrir. 

miércoles, 4 de diciembre de 2013

Factura simplificada.

Desaparece el ticket y lo sustituye en su lugar la factura simplificada que adquiere más formalidad para el tráfico comercial como gasto deducible en la actividad económica.

El ticket no es deducible. La factura simplificada SI.

Como bien es sabido es deducible la factura (simplificada o completa) en tu empresa que haya sido soportada y esté afecta a la actividad económica. Debe de existir una correlación de los gastos y ingresos de tu empresa para deducirte la factura, es decir, la vinculación del gasto con el desarrollo de la empresa. 

Por ello en la actualidad existen dos tipos de facturas (deducibles): la completa y la simplificada. Esta factura simplificada se da en lo siguientes supuestos:

     - Facturas que no superen los 400 € (IVA incluido) o sea una factura rectificativa.
     - Facturas que no superen los 3.000 € (IVA incluido) pero en las siguientes operaciones:
                         - Ventas al por menor.
                         - Ventas o servicios de ambulancia.
                         - Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
                         - Transporte de personas y sus equipajes.
                         - Servicios de restaurantes, bares y similares.
                         - Salas de baile y discotecas.
                         - Servicios telefónicos en cabinas telefónicas de uso público.
                         - Servicios de peluquería y belleza.
                         - Utilización de actividades deportivas. 
                         - Revelado de fotografía y servicios fotográficos.
                         - Aparcamientos de vehículos.
                         - Servicios de videoclub.
                         - Tintorerías y lavanderías.
                         - Autopistas de peaje.

¿Qué datos tiene que tener la facturas simplificada?

    - Número y serie, que tiene que ser correlativa.
    - Fecha de la factura.
    - NIF del que emite la factura.
    - Nombre y apellidos, o razón social del que emite la factura.
    - Identificación de los bienes y conceptos de la factura.
    - El IVA.
    - El importe a pagar.
    - Los datos del comprador: NIF, nombre y apellidos, y domicilio.

Destacar la ventaja e importancia que da factura simplificada en la seguridad a las partes (precio, garantía, reclamaciones,...) y la formalidad a efectos de Hacienda como gasto deducible en nuestra empresa. En la practica mucha gente insiste en deducir, por ejemplo, tickes de comida en restaurantes donde no viene reflejado los datos del cliente y están afectos a la actividad de su empresa por lo que no es correcto contabilizarlo ni deducirlo en los impuestos.