viernes, 20 de diciembre de 2013

Legaliza tu CORTIJO o CHALET en Motril. Trámites.

La legalización de los cortijos o chalets en Motril ha sido una demanda de siempre de los propietarios al Ayuntamiento y ya se pueden realizar. Eso sí el Ayuntamiento de Motril va a hacer caja y según ellos van a dar cobertura legal, pero nada más lejos de ello ya que van a seguir siendo construcciones ilegales.

El Ayuntamiento va a hacer caja y van a seguir siendo ilegales los cortijos
                     
Los requisitos para que reconozcan estas construcciones son las siguientes: 

- La edificación se encuentre terminada.
- Este prescrita la acción. Es decir, construcciones anteriores a 2008, para que no te puedan sancionar.
- No podrán encontrarse en la siguiente situación: edificaciones integradas en una parcela urbanística, edificaciones en suelo de especial protección (ejemplo: litoral), edificaciones en suelo no urbanizable, las que contradigan el PGOU o invadan parques, espacios libres o infraestructuras.

Un aspecto importante de la "legalización de los cortijos" es que NO se procederá a la concesión de licencias de ocupación o de utilización por el Ayuntamiento, de conformidad al artículo 3.2 Ordenanza Municipal ¿Qué significa? Que no se ha realizado la construcción con arreglo por un proyecto técnico y licencia urbanística. Es decir, sigue siendo ilegal y no se reconocen al igual a otras propiedades de la ordenación.

Para solicitar la legalización tienes que aportar lo siguiente:

- Informe técnico de la construcción por un constructor. Este informe o proyecto te puede costar entre 500 € a 3.000 € dependiendo de la obra.
- Escrituras de la finca rústica en la que se ha construido.
- Fotocopia del DNI del propietario.
- Justificación del pago de la Tasa. El importe de la tasa es de 3,6% sobre el valor que le de el técnico a la construcción. Si la construcción se valora en 100.00 € tienes que pagar una tasa al Ayuntamiento de 3.600 €. Por cuanto menos se valore, menos pagas (al Ayuntamiento y al técnico).
- Copia del recibo de la contribución. A partir de ahora vas a pagar constribución por finca urbana.
- Modelo 902-N de alta en el catastro. 
- Alta en la tasa de basura. Si nunca has pagado basura de tus terrenos, a partir de legalización sí.
- Contrato de suministro de luz y agua. 
- Declaración jurada de inexistencia de procedimiento judicial sobre el inmueble.

La resolución de la legalización es de 6 meses. Si no te contestan en ese plazo se dará por desestimada y te pueden requerir que subsanes alguna documentación y para ello te darán un plazo de 10 días. Una vez reconocido la situación legal del cortijo solo puedes hacer obras de reparación y conservación para el mantenimiento de las condiciones de seguridad y salubridad del inmueble, y muy importante: si las haces tienes que pagar licencias de obras o si no te sancionan. 

Por último la resolución administrativa de legalización del cortijo es suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad. Lógicamente tendrás que pagar los impuestos a la Junta de Andalucía y al Registrador. 

¿Qué inconvenientes tiene esta legalización? Sobretodo los costes de informe técnico, tasas, pago de basura todos los años, pago de contribución todos los años, impuestos Junta de Andalucía y honorarios registrador de la propiedad. También otro inconveniente es el control del Ayuntamiento sobre esa finca de futuras obras que hagas ¿Qué ventajas tiene la legalización? Ninguna. Estos cortijos construidos con anterioridad a 2008 han prescrito y no te pueden sancionar, no se van a convertir en cortijos legales y el Ayuntamiento va a tener sobre el mismo más control y sobretodo te va a cobrar impuestos.

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